Buenas noticias para el sector del alojamiento: el control administrativo centralizado que se venía preparando a nivel estatal queda completamente desactivado.
Esta decisión supone un cambio importante para los propietarios y gestores de alquileres turísticos o de temporada. A continuación, resumimos los puntos clave de la normativa y cómo afecta directamente a la gestión diaria de los alojamientos.
Lo que se mantiene sin cambios
A pesar de la paralización del control centralizado, las obligaciones vigentes hasta la fecha siguen siendo de obligado cumplimiento:
- Registro de SES.hospedajes: Sigue plenamente vigente y operativo para el envío de los partes de entrada de viajeros.
- Real Decreto 933/2021: Continúa en vigor, por lo que es obligatorio seguir cumpliendo con el registro documental y las comunicaciones de los huéspedes.
Lo que desaparece por completo
El cambio normativo elimina las nuevas cargas burocráticas que se planeaban introducir:
- Eliminación del NRUA: Se suprime la obligación de inscribirse en el Registro Nacional Único de Arrendamientos.
- Sin intervención de Registradores: Los registradores de la propiedad ya no tendrán la función de validar ni controlar este registro centralizado.
- Reducción de papeleo: Se elimina definitivamente el deber de depósito registral de los contratos de corta duración.
Conclusión y situación actual
La idea clave de esta resolución es que la normativa estatal centralizada da un paso atrás. A partir de ahora, la gestión se simplifica al no existir un sistema de registro único centralizado para toda España, manteniéndose exclusivamente los regímenes sectoriales y las normativas autonómicas específicas que ya estaban establecidas.